La contabilidad además de una obligación para las sociedades mercantiles, es clave para la buena marcha de cualquier negocio.
- Conoce para qué sirve la contabilidad y si estás obligado a llevarla.
- Te detallamos cuáles son los libros contables obligatorios
Para algunos empresarios la contabilidad es un gasto improductivo, motivado por una obligación impuesta, que si pudieran no llevarían. Es más que probable, que estos empresarios tengan todo tipo de problemas derivados de un mal uso de la contabilidad. Y, en muchos casos, de su mala llevanza.
Algunos de los problemas más frecuentes que pueden tener este tipo de empresarios, son los siguientes:
- Las ventas y el negocio crecen pero no hay liquidez.
- Problemas con la Agencia Tributaria.
- La contabilidad no se utiliza para la toma de decisiones.
- No se sabe con certeza lo que deben los clientes y lo que está pendiente de pago a los proveedores.
- Las entidades financieras restringen el crédito porque la contabilidad no refleja la imagen fiel.
¡Comparte! Y conoce en profundidad qué es y para qué sirve la contabilidad.
¿Qué es la contabilidad?
La contabilidad es el registro en asientos contables, de todas las operaciones que se realizan en la empresa, siguiendo un orden cronológico y aplicando unas normas de obligado cumplimiento que se recogen en el Plan General de Contabilidad.
En el Plan Contable se recoge además que la contabilidad debe de estar libre de errores y reflejar la imagen fiel de la sociedad.
En el Código de Comercio, en su artículo 25.1, se establece que los empresarios, cualquiera que sea su forma, individual o societaria, tienen la obligación de llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa y que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios.
¿Qué libros contables son obligatorios?
El Código de Comercio obliga a llevar dos libros contables:
- El libro diario. Registra cronológicamente el importe de todas las operaciones realizadas en el desarrollo de la actividad empresarial.
- El libro de inventarios y cuentas anuales. El libro de inventarios debe abrirse con el balance inicial detallado de la empresa (primer estado contable), transcribiendo al menos trimestralmente, con sumas y saldos, los balances de comprobación (segundo estado contable). Además, anualmente debe incluirse el inventario de cierre del ejercicio (tercer estado contable) y las cuentas anuales (último estado contable).
Las cuentas anuales deben incluir: balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estados de cambio en el patrimonio neto, estados de flujo de efectivo y la memoria.
¿Todos los empresarios tienen que llevar una contabilidad?
Dependiendo de la personalidad jurídica que tenga el empresario y el tipo de estimación de los rendimientos, en el caso de las personas físicas (autónomos), la legislación fiscal establece diferentes obligaciones:
Sujetos pasivos del Impuesto sobre sociedades. Las sociedades mercantiles que tributan por el IS deben llevar una contabilidad oficial, de acuerdo con el Plan General Contable en vigor en cada momento, de acuerdo con lo establecido en el art. 133.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Sus cuentas anuales servirán de base para determinar la base imponible del IS.
Autónomos, sociedades civiles, comunidades, Pueden elegir entre:
- Estimación directa. Para las personas físicas con una cifra de negocio superior a los 600 mil euros en el ejercicio anterior, o para los que hayan optado de forma voluntaria por este régimen.
- Estimación directa simplificada. Para las personas físicas cuya cifra, en el ejercicio anterior, no hayan superados los 600 mil euros. Bajo este régimen no se está obligado a llevar una contabilidad oficial, aunque sí se debe determinar el beneficio del negocio.
- Estimación objetiva (módulos). Para las personas físicas que realicen cualquier actividad cuyo epígrafe se incluya en la tributación por Estimación Objetiva.
Para las asociaciones y, en general, para las entidades sin ánimo de lucro, la presentación de los libros contables y cuentas anuales no es estrictamente obligatoria, salvo que así lo definan los estatutos de la entidad, o se trate de entidades de utilidad pública. Pero sí es recomendable para dar una imagen sólida de cara a terceros, miembros y asociados.
Una buena contabilidad es clave para un negocio, por lo que no debe verse como una obligación, sino como una herramienta clave de ayuda a la gestión empresarial.